El Tribunal Constitucional suspende el impuesto catalán a los depósitos bancarios
3-6-2015
El Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido el impuesto creado con la Ley del Parlamento catalán de 2014 al considerarlo un tributo con iguales características al estatal.
Dicha ley contemplaba que si una entidad financiera captaba depósitos por valor de hasta 150 millones de euros en esta comunidad se le aplicaría un gravamen del 0,3%; entre 150 y 600 millones el tipo sería del 0,4%, y a partir de 600 millones, del 0,5%. A esta iniciativa respondió el Gobierno creando un tributo estatal a tipo cero con el fin de hacer frente a esa tasa.
Después de que el Gobierno haya interpuesto varios recursos contra esta medida, finalmente, el TC ha respaldado el impuesto estatal, después de dictar la sentencia con la que estima que no vulnera los principios constitucionales de irretroactividad de las leyes y de seguridad jurídica, ni tampoco la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autonómicas (LOFCA).
De esta forma, la nueva sentencia declara inconstitucional y anula el decreto-ley catalán porque vulnera el Estatuto de Autonomía de esta comunidad.
Ángela Chicano
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