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Las tarjetas, también denominadas “dinero de plástico”, permiten a sus titulares adquirir bienes o contratar servicios sin necesidad de disponer de dinero efectivo en el momento de la compra.
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Las sociedades emisoras de las tarjetas, mantienen contratos con los establecimientos que optan por adherirse a estos sistemas de pago. De esta forma, las sociedades emisoras, se comprometen a abonar a los establecimientos las facturas de sus clientes menos las comisiones pactadas. Estos por su parte, se obligan a aceptar las distintas tarjetas: de débito, de crédito,…, a no cobrar recargos por esta aceptación, a solicitar la identificación a sus clientes, etc…