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El blog de Bancomparador

SEPA, ¿Qué es?


SEPA, ¿Qué es?

25-7-2014

Todo el mundo habla de SEPA, ¿Pero sabes qué es?

Desde el 1 de febrero de 2014, todas las transferencias y domiciliaciones realizadas en la zona euro serán únicamente SEPA.

¿Pero qué es SEPA? Las siglas SEPA, corresponden a Zona Única de Pagos en Euros (Single Euro Payments Area).

SEPA permite a particulares, empresas y otros agentes económicos, realizar pagos en euros tanto a nivel nacional como internacional, en las mismas condiciones básicas y con los mismos derechos y obligaciones, independientemente del lugar en el que se encuentren.

En 2002 dio comienzo el proceso de introducción de billetes y monedas en euros. Como continuación a este proceso de integración monetaria, se acordó fijar un único conjunto de instrumentos para operaciones de pago electrónicas en euros al por menor.

De este modo desaparece la diferencia entre pagos nacionales e internacionales.

A partir de este momento todos los pagos son SEPA. La Zona Única de Pagos en Euros persigue homogeneizar las normas y estándares que se aplican en las transferencias, domiciliaciones y tarjetas realizadas en los 27 países miembros de la Unión Europea, así como en Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza. En total son 32 los países incluidos en la zona SEPA.

¿Qué cambios supondrá?

Con la introducción de SEPA, las cuentas bancarias, deberán estar identificadas por el IBAN, en lugar de por el CCC como hasta ahora. Este código, está formado por cuatro caracteres iniciales, dos correspondientes al país y otros dos de control, y un número de 20 dígitos que identifica la cuenta.

Tanto las tarjetas de débito como las de crédito, incluirán el chip EMV. En los comercios, en vez de utilizar la banda magnética, se introducirá la tarjeta en los lectores EMV. La llegada del chip, requerirá, número personal en lugar de firma para autorizar la operación. Ello incrementará la seguridad.

La normativa sobre servicios de pago regula los plazos de ejecución, fecha valor y disponibilidad de los fondos de forma que favorece al usuario de servicios de pago. En las operaciones emitidas, la fecha valor no podrá ser anterior a la fecha de cargo en cuenta, ni en las recibidas, ser posterior al día hábil de recepción de los fondos. El plazo máximo de ejecución de las operaciones es un día hábil.


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